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Si usted, aprovechando el marco del TLC,  tiene planes de traer una franquicia, ser el distribuidor o representante, o establecer una alianza comercial con una empresa localizada en los Estados Unidos,  debería empezar por contar con un Programa de Cumplimiento (Compliance).  (1)
 
Porque?   Porque las empresas norteamericanas están sujetas a la regulación de la ley de prácticas corruptas en el extranjero (Foreing Corrupt Practices Act ó FCPA)
 
Dicha ley, expedida en el año 1977,  regula principalmente los siguientes aspectos:
1. Prácticas de soborno de funcionarios públicos en transacciones internacionales y
2. La transparente contabilización de los pagos realizados en el exterior.
 
Aparte de la pérdida de la reputación,  su incumplimiento puede implicar altas multas y cárcel para los funcionarios y directivos de la empresa. 
 
Por ello es constante la preocupación por parte de las empresas norteamericanas que sus aliados comerciales localizados en otras jurisdicciones, conozcan y también cumplan con lineamientos contenidos en la FCPA. 
 
Y está comprobado que la mejor forma de garantizar su observancia es evidenciando que sus aliados comerciales situados en el extranjero, cuentan con Programas de Cumplimiento (Compliance). 
 
Prueba de ello son los artículos y presentaciones que están siendo publicados constantemente en la web sobre este tema.  
 
Apropósito de ello, en la página especializada “Corporate Complaince Insights”,  se publicó recientemente el artículo sobre las claves para afianzar un programa en Cumplimiento (Complaince) en Latinoamérica. 
 
De manera acertada el artículo muestra la complejidad de introducir un Programa de Cumplimiento (Compliance) en Latinoamérica, siendo las principales razones: 
La cultura diversa, incluyendo el idioma; 
La interpretación de intrusión indebida, así la empresa local no tenga nada que ocultar;
La novedad en los conceptos de cumplimiento (Complaince) incluso del concepto de anti-corrupción!; 
La alta formalidad de los sistemas legales. 
 
Si  los empresarios en Estados Unidos cuentan por parte de sus consultores con este tipo de radiografías, es porque somos comercialmente interesantes para ellos,  pero es evidente que quieren asegurar un marco de confianza común indispensable para hacer negocios en cualquier parte del mundo. 
 
Entonces, ¿por qué no actuar de manera proactiva, logrando construir y consolidar al interior de sus empresas un Programa de Cumplimiento (Complaince) adaptado a la realidad local?
 
Quien se adelante a ello, tiene asegurada su oferta de valor con sus futuros socios comerciales del exterior. 
 
(1) Conjunto de acciones, con trasfondo esencialmente ético,  que emprende una organización con el fin de garantizar la transparencia y permanencia en las relaciones con sus Grupos de Interés y Cadena de Valor.  
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PERFIL
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Consultora en Programas de Cumplimiento y Etica. Lider de la iniciativa virtual: www.cumplimientoyetica.com. Conocimiento profundo del funcionamiento interno empresarial, como exdirectora jurídica, responsable de los asuntos legales corporativos de multinacionales, así como de la implantación y afianzamiento de la cultura de cumplimiento (compliance) y etica para Colombia, Ecuador y Venezuela.

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