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Como es bien sabido, el gobierno corporativo ha sido descrito como el sistema que determina la manera en que las sociedades son dirigidas y controladas, en el cual se define la interacción de una serie de relaciones de poder entre el cuerpo directivo de la compañía, su junta directiva, sus accionistas y otras partes interesadas (stakeholders). Se trata de un tema que ha atraído la atención de la clase empresarial más sofisticada, así como de los académicos, y que resulta ser un tópico recurrente después de períodos de crisis en los que quedan dudas sobre la bondad y pertinencia de las herramientas y consensos que existen sobre el particular.

Como parte de este proceso de cuestionamiento y evolución en materia de gobierno corporativo la Comisión Europea puso en circulación un nuevo “green paper[1] en este tema. Se trata de un estudio que enriquece la discusión en materia de gobierno corporativo y que se concentra en tres temas fundamentales:

– La idea de que se requieren juntas directivas con un nivel alto de desempeño, rendimiento y efectividad, de tal manera que puedan cuestionar y exigir a la administración de la compañía.

– La idea de que si bien desde el punto de vista conceptual se parte del supuesto que los accionistas participan de manera importante en la actividad de la sociedad y le exigen a la administración por sus actuaciones, en la práctica y en la mayoría de los casos los accionistas cumplen un papel pasivo, muchas veces concentrado en las utilidades en el corto plazo. Se plantea entonces si es posible reforzar en los accionistas una visión de la empresa y su negocio en el largo plazo.

– La idea de que el principio de “cumplir o explicar” se ha traducido en reportes y explicaciones con una calidad que no resulta satisfactoria, y la imposibilidad por parte de las autoridades de poder monitorear la aplicación de los Códigos de Gobierno Corporativo, lo cual amerita mirar la manera de mejorar esta situación.

 De particular interés, resultan los temas planteados con respecto a la composición de la junta directiva y la cualificación de sus miembros. Algunos de los puntos que se destacan son los siguientes:

– La composición de la junta directiva debe corresponder y ajustarse al tipo de actividades y negocios que desarrolla la compañía.

– Los miembros independientes de la junta directiva deben ser seleccionados teniendo en cuenta criterios como mérito, cualificación profesional, experiencia, calidades personales, independencia y diversidad.

– Una adecuada evaluación y análisis sobre habilidades y aptitudes debe ser el factor más importante para seleccionar los miembros independientes.

– Una mayor diversidad permite más discusión, supervisión y cuestionamientos al interior de la junta.

– La diversidad de género es importante y debe ser un imperativo para las juntas.

– Un director debe destinar tiempo suficiente para cumplir con sus obligaciones y limitar el número de juntas a las cuales pertenece.

– La junta debe evaluar su desempeño y rendimiento anualmente.  La evaluación debe incluir temas como organización, operación como grupo, la competencia y efectividad de cada miembro y de los comités de la junta. La evaluación debería ser conducida por un consultor externo quien puede dar una perspectiva más objetiva y podría estar en condición de compartir mejores prácticas y experiencias de otras compañías.

Los temas recogidos en el documento preparado por la Comisión Europea resultan del mayor interés e ilustran aquellos aspectos en los cuales se están centrando las discusiones en materia de gobierno corporativo. Sin duda, se trata de un proceso de construcción, en el cual los períodos de crisis dejan enseñanzas y reflexiones importantes que se deben incorporar en la medida de lo posible al conocimiento colectivo en materia corporativa. Tal vez, el punto más llamativo en relación con el “green paper”, y que debe ser un punto de referencia para nuestro derecho societario, es el énfasis de que el propósito principal del gobierno corporativo debe consistir en contener los efectos perjudiciales que tiene una visión o mentalidad de corto plazo y la toma excesiva de riesgos por la compañía. De esta manera, el reto para la sociedad está en la construcción de un equilibrio a su interior, así como con el mundo exterior, en el que se propenda por la viabilidad del negocio con una mentalidad de mediano y largo plazo y por la toma de riesgos razonables e informados. Sin duda, la estructura de gobierno corporativo debe servir para cumplir con esa finalidad y el empeño debe estar en determinar los mecanismos e instrumentos adecuados para que la compañía pueda navegar con esa mentalidad. Los puntos de discusión introducidos por el la Comisión Europea ayudan en este debate y estarán en el marco de referencia que permita avanzar en la determinación de un esquema apropiado y a la medida de la sociedad.


[1]Green paper es un documento de discusión preparado por una autoridad (la Comisión Europea) el cual incluye un estudio juicioso en el que se presentan unos argumentos e inquietudes sobre un tema sobre el que se quiere hacer una propuesta regulatoria y que tienen como propósito invitar y promover la participación de individuos y organizaciones que pueden contribuir con su información, conocimientos y posición. El objetivo de un green paper es poder construir y llegar a un consenso general en el tema objeto de consulta de tal manera que después se pueda llegar a un documento oficial que contenga un conjunto de propuestas regulatorias  que después del proceso correspondiente se puedan convertir en normas.

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