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Por: Helena Alviar García*

Recientemente, leyendo un artículo sobre los posibles candidatos a la terna del Defensor del Pueblo, me di cuenta de una pregunta que me hago constantemente leyendo las noticias sobre la designación de cargos públicos en el periódico: ¿Dónde están las mujeres? Aunque se ha mencionado el nombre de Paula Gaviria, los cuatro candidatos más opcionados son hombres: Rafael Nieto, Guillermo Reyes, Mario Gómez, y el Defensor actual, Vólmar Pérez. Así mismo, en las próximas semanas serán elegidos el Procurador y el Fiscal General de la Nación. En este caso quienes se han mencionado como candidatos son hombres, para cargos que nunca han sido ocupados por mujeres. Para el cargo de Procurador General de la Nación, se ha hablado de Camilo Gómez el ex Comisionado de Paz y de Edgardo Maya el actual procurador. Para el cargo de Fiscal, se ha mencionado al actual embajador en la OEA, Camilo Ospina.

Esta ausencia de mujeres como posibles candidatos es una prueba adicional que comprueba que luego de 8 años de expedida la ley 581 del 2000, la representación femenina en las tres ramas del poder público está lejos de ser la deseable, sin que se vea mejoría hacia el futuro.

De acuerdo con la ley 581 del 2000, el 30% de los cargos en los niveles máximos de decisión de las tres ramas del poder público, y en otros niveles de decisión calificados por la ley, deben ser desempeñados por mujeres. A pesar de esto existen algunas excepciones, los cargos de elección popular, los cargos que se consiguen a través de concursos de méritos, y finalmente, los cargos que exijan ternas o listas.

En el nivel más alto de la Rama Ejecutiva, el tema no está tan mal. De los 13 Ministerios y 6 Departamentos Administrativos, 19 entidades en total, 5 se encuentran dirigidas por mujeres. Cecilia Maria Vélez en el Ministerio de Educación, Maria del Rosario Guerra en el Ministerio de Comunicaciones, Paula Marcela Moreno en el Ministerio de Cultura, Carolina Rentería en el Departamento de Planeación Nacional y Maria del Pilar Hurtado en el DAS.

A pesar de estos resultados aceptables en el más alto nivel, y de acuerdo con datos de la Procuraduría General de la Nación, existen 17 entidades de la Rama Ejecutiva cuyo nivel de participación de las mujeres en cargos directivos y de decisión es del 0%, entre otras el INCODER, Coldeportes, la Gobernación del Cauca y la Comisión Regulación de Telecomunicaciones. Otras entidades como el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, el Ministerio de Defensa, el DANE y el DAS, si bien no están en el 0% tampoco alcanzan a cumplir con el mínimo del 30% contenido en la ley.

En la Rama legislativa y judicial el panorama es aún peor. En cuanto a la Rama Judicial quien más se acerca a la cuota mínima es el Consejo de Estado con un 25%. Por otra parte, la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional apenas cuentan con un 11% de mujeres y el Consejo Superior de la Judicatura tiene sólo un 14% en la Sala Disciplinaria y un 16% en la Sala Administrativa.

En la elaboración de listas de elección popular que no están cubiertas por las exigencias de la ley de cuotas, el porcentaje es mínimo. De esta forma, solo el 18% de aspirantes al Congreso de la República en el 2006 fueron mujeres, y sólo tres partidos tuvieron en sus listas un porcentaje de mujeres mayor al 20%: la U con 23%, Cambio Radical con 24%, y MIRA con 46,7%. Por otra parte partidos, como el Conservador y Alas Equipo Colombia, sólo tuvieron a 3 mujeres de una lista de 53 y 43 candidatos respectivamente. A partir de estas cifras de mujeres en las listas era esperable que en la elección final sólo quedaran elegidas 12 en el senado para un 11% del total de curules ofrecidas (100), y 14 en la Cámara de Representantes para un porcentaje del 8.4% del total de curules de esta corporación (166).

No creo que los problemas de inequidad que enfrentamos las mujeres se solucionen simplemente porque se cumpla una ley de cuotas. Sin embargo, tener mujeres solidarias en estos cargos si puede hacer una gran diferencia para sus subalternas: hacen visibles a otras mujeres, pueden promover al interior de sus entidades una agenda que tome en cuenta las necesidades femeninas, pueden hacer más equitativas las condiciones salariales entre hombres y mujeres, pueden ayudar a diseñar mecanismos de asistencia con el cuidado y adicionalmente, son un ejemplo para otras mujeres que acceder a estos cargos no es imposible.

En cualquier caso, vale la pena preguntarse porque una ley tan sencilla ha sido de tan difícil cumplimiento y cuáles son las condiciones estructurales que permiten que en el siglo XXI a las mujeres nos sigan pagando menos por el mismo trabajo, no accedemos a los mismos cargos y continuemos soportando la mayor carga del trabajo reproductivo al interior del hogar.

*Helena Alviar García es Profesora Asociada y Directora de la Maestría y el Doctorado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, miembro del grupo de investigación en Género y Justicia de la misma institución. halviar@uniandes.edu.co

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