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Por: Luis Ricardo Paredes Mansfield, abogado

Ordena la Ley 7ª. de 1944, en su artículo 2º. que “ Tan pronto como sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia por medio de un Tratado, Convenio, Convención, etc., el Órgano Ejecutivo dictará un decreto de promulgación, en el cual quedará insertado el texto del Tratado o Convenio en referencia, y en su caso, el texto de las reservas que el Gobierno quiera formular o mantener en el momento del depósito de ratificaciones.”

Lo anterior quiere decir que no basta que el instrumento internacional haya sido aprobado por ley del Congreso para que rija en el territorio nacional. La razón es sencilla: con posterioridad a la aprobación del Congreso y su revisión automática en la Corte Constitucional, el Gobierno debe depositar el instrumento de ratificación del mismo o canjear el mismo, para perfeccionar el vínculo internacional, en fecha posterior a la de expedición de la ley. Del hecho y fecha del depósito o canje no queda ninguna constatación en derecho interno. Por ello, la Ley 7ª. de 1944 ordena la promulgación del instrumento internacional en señal que el vínculo internacional se perfeccionó, con anotación de la fecha a partir de la cual quedó perfeccionado, que es la misma fecha de vigencia del instrumento internacional en derecho interno.

Los siguientes son decretos de promulgación importantes expedidos en lo que va corrido del año:

Decreto 1440 de 2012(julio 3) por medio del cual se promulga el “Acuerdo de libre comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC”, suscrito en Ginebra, Confederación Suiza, el 25 de noviembre de 2008 y el “Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza”, suscrito en Ginebra, Confederación Suiza, el 25 de noviembre de 2008.

Decreto 1439 de 2012(julio 3) por medio del cual se promulga el “Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y Canadá”, suscrito en Lima, República del Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el “Canje de Notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del “Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y Canadá”.

Decreto 1438 de 2012(julio 3) por medio del cual se promulga el “Convenio de Intercambio Cultural, Educativo y Deportivo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Eslovenia”, suscrito en Viena, República de Austria, el 15 de marzo de 2006.

Decreto 1437 de 2012(julio 3) por medio del cual se promulga el “Acuerdo para la promoción y protección de inversiones entre la República de Colombia y la República de la India”, suscrito en la ciudad de Nueva Delhi, el 10 de noviembre de 2009.

Decreto 1436 de 2012(julio 3) por medio del cual se promulga el “Acuerdo bilateral para la promoción y protección de inversiones entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Popular China”, suscrito en Lima, Perú, el 22 de noviembre de 2008.

Decreto 1369 de 2012(junio 25) por medio del cual se promulga el “Tratado constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas”, suscrito en Brasilia, República Federativa del Brasil, el 23 de mayo de 2008.

Decreto 1361 de 2012 (junio 25) por medio del cual se promulga el “Tratado sobre el derecho de marcas” y su “Reglamento”, adoptados en Ginebra, Confederación Suiza, el 27 de octubre 1994.

Decreto 993 de 2012(mayo 15) por medio del cual se promulga el «Acuerdo de promoción comercial entre la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América», sus «Cartas Adjuntas» y sus «Entendimientos» suscritos en Washington D. C. el 22 de noviembre de 2006. y el «Protocolo modificatorio al Acuerdo de promoción comercial Colombia-Estados Unidos» suscrito en Washington D. C. el 28 de junio de 2007.

Decreto 469 de 2012(marzo 6) por medio del cual se promulga el “Convenio entre la República de Colombia y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio” y su “Protocolo”, suscritos en Berna, el 26 de octubre 2007.

Decreto 444 de 2012(marzo 1°) por el cual se promulga la declaración interpretativa efectuada por la República de Colombia a la “Convención entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical”, adoptada en Washington D. C., el 31 de mayo 1949.

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