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Al momento de bajar una aplicación o acceder a un sitio web, cuántas veces ha leído la parte que dice “Términos y condiciones”? La mayoría la ignoramos, simplemente damos click sin leer nuestros nuevos compromisos y seguimos adelante. Qué tan delicado es ese tema? La pregunta se la formulé a David Antonio Lizarazo, Socio y Abogado de la Firma Lizarazo & Álvarez, y acá les comparto sus conceptos.

David Antonio Lizarazo Socio y Abogado de la Firma Lizarazo & Álvare

David Antonio Lizarazo, Socio y Abogado de la Firma Lizarazo & Álvarez


“Todos los que navegamos por la red ciertamente no hemos prestado dispuesta atención a las peculiaridades de la contratación electrónica, primordialmente en las páginas web.

La frase “he leído y aceptado términos y condiciones” es una de las cláusulas que más leemos, pero a su vez la que más ignoramos. Lo cierto es que al hacer click en aquella frase que repetidamente relegamos sin haber realizado una lectura minuciosa, da como resultado, de esa pequeña acción, la firma de un contrato sin saber lo que dice.

Según la universidad de Carnegie Mellon en su estudio The Cost of Reading Privacy Policies, logró concluir que una persona promedio tardaría dos meses, dos semanas y dos días en leer los términos y condiciones de los servicios utilizados en el lapso de un año. Información que no solo nos habla de tiempo, sino también de la cantidad de contratos virtuales  que una persona promedio celebra al año.

Dos términos interesantes de conocer

Para dar una claridad al asunto, actualmente y mostrando una postura global, se ha podido entender, según la doctrina y jurisprudencia internacional, el tema de términos y condiciones como un contrato virtual. De este supuesto se desprenden dos vertientes principales:

La primera es la llamada click-wrap contract, se refiere a un tipo de contrato en el que el interesado debe consentir los términos y condiciones antes de disponer del producto o servicio. Generalmente los clickwrap solicitan el consentimiento de los usuarios finales pulsando el botón “Acepto». El interesado puede oponerse al acuerdo cancelando o cerrando la ventana. Una vez rechazado, el usuario no puede utilizar el servicio o producto.

Además, aparece el browsewrap contract, que indica un convenio sobre un sitio web que sujeta al usuario a los términos de uso del lugar para que este disponga de dicha página. Para que un acuerdo de browsewrap sea posible, el sitio web tiene que brindar una advertencia del acuerdo y el usuario debe dar su consentimiento. Este tipo de contrato, habitualmente establece que el uso de la página electrónica supone la aprobación del acuerdo.

De esta forma, dicha autorización solamente puede entenderse como jurídicamente demostrativa en la medida en que exista un contrato; punto que varía, debido a que en muchos casos dicha aceptación carece de las solemnidades para la formación del consentimiento.

Aceptar es manifestar autonomía

En el caso que el contrato se materialice sin ningún tipo de falta el proveedor estará́ obligado a enviar la validación del acto por cualquier tipo de medio que garantice la recepción de la información la cual debe tener una copia clara y legible de lo contratado.

Así las cosas, aceptar los términos y condiciones se expresa como una manifestación de la autonomía de la voluntad privada; por lo cual toda obligación contractual adquirida, genera no solo beneficios sino responsabilidades.

Globalmente, los sitios web deben crear sus políticas rigiéndose a la legislación aplicable a cada nación en la cual desarrollará la actividad.

Así es el tema en nuestro país

En el caso de Colombia existen temas regulados -y que suelen estar dentro de los términos y condiciones- que deben ceñirse estrictamente a la ley antes de ingresarlos a este contrato; cuestiones como el tratamiento de datos personales, manejo de la propiedad intelectual, derecho de privacidad, entre otros.

Por su parte, en el año 2007 y 2017, la American Bar Association (ABA) expuso en su artículo Online Contracts: May We Modify These Terms at Any Time, ¿Right?, una serie de consideraciones de buenas prácticas concernientes a este tema.

La ABA menciona, que el usuario debe tener oportunidad de examinar el documento en su totalidad, de ser notificado acerca de la existencia de la cláusula, y los más importante, debe existir la buena fe en dicho acto contractual.

Según lo anterior, es posible hacer un símil del tema con la firma de un contrato de arrendamiento, de trabajo o de compra venta de un bien, sin realizar previamente las más minuciosa de las lecturas.

Así que cada vez que visita un sitio web para usar cualquier cuenta de sus redes sociales, leer las noticias, inscribirse  en un curso virtual o hasta comprar un pantalón; el usuario se está comprometiendo con los términos contractuales en línea.

Esta es una coyuntura que influye a los internautas, personas naturales y jurídicas, y por ello, se debe tener cuidado a la hora de oprimir el botón “Acepto los términos y condiciones”, ya que en este contrato el usuario pone en juego y a disposición de los administradores del sitio, temas de propiedad intelectual, tratamiento de datos personales, política de privacidad y confidencialidad del acto que se está realizando, incluso se puede enlazar a un servicio de manera extensiva y casi perpetua».


Así que ya saben, mucho cuidado de revisar cuando dan click en el botón Acepto para no incurrir en posteriores dolores de cabeza.

Como de costumbre, les dejo mis datos de contacto para que me puedan sugerir temas e invitados para este blog, para mi programa de TV Negocios en Tu Mundo y para mi colección de libros Historias de Negocios Altamente Inspiradoras. Acá van: juany@agenciastm.com, Linkedin, Facebook, Twitter e Instagram. Seguimos en contacto.


Acá los dejo con otros artículos recomendados de este blog:

Audifarma, símbolo de saber leer las oportunidades

Preguntas para reflexionar sobre la Revolución Industrial 4.0

 

 

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Empresario, Conferencista, Coach y Director del programa de televisión Negocios (http://www.youtube.com/negociosentm) Autor de la colección de libros Historias de Negocios Altamente Inspiradoras, disponible en www.juancarlosyepes.com. Además de coach ejecutivo y conferencista internacional, es comunicador social - Periodista con especialización en Gerencia de Mercadeo en el Ceipa. Es influenciador en temas de emprendimiento, tecnología e innovación. Bueno, y nos faltaba: le encanta dictar conferencias y talleres para fortalecer a las personas y empresas en diferentes países.

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