De acuerdo con la NICC 1, la firma de Contadores Públicos debe establecer políticas y procedimientos para la aceptación y continuidad de relaciones con clientes y compromisos específicos, diseñados para dar a la firma seguridad razonable de que sólo asumirá o continuará las relaciones y compromisos en los que la firma:
(a) Sea competente para llevar a cabo el compromiso y tenga la capacidad, incluyendo tiempo y recursos, para hacerlo;
(b) Pueda cumplir los requisitos de ética relevantes; y
(c) Haya considerado la integridad del cliente y no tenga información que la lleve a concluir que el cliente carece de integridad.