De acuerdo con la NICC 1,  la firma de Contadores Públicos debe establecer políticas y procedimientos para la  aceptación y continuidad de relaciones con clientes y compromisos específicos, diseñados para dar a la firma seguridad razonable de que sólo asumirá o continuará las relaciones y compromisos en los que la firma:

(a) Sea competente para llevar a cabo el compromiso y tenga la capacidad, incluyendo tiempo y recursos, para hacerlo;

(b) Pueda cumplir los requisitos de ética relevantes; y

(c) Haya  considerado la integridad del cliente y no tenga información que la lleve a concluir que el cliente carece de integridad.

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