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Por estos días algunos medios han publicitado el cambio introducido por el Decreto 1827 del 31 de agosto de 2012, el cual eliminó la restricción que tenían los “clientes inversionistas” para invertir en valores listados en sistemas de cotización de valores extranjeros, lo cual se traduce, en la práctica, en la posibilidad que tienen ahora estos clientes de invertir en acciones listadas en el Mercado Global Colombiano (MGC) o negociadas a través del Mercado Integrado Latinoamericano MILA. Este era un privilegio que hasta esa fecha tenían únicamente los “inversionistas profesionales”. Por tanto, ahora cualquier ciudadano puede tener acceso al portafolio de acciones listadas en el MGC, donde se encuentran, entre otras, acciones negociadas en la Bolsa de Nueva York y en NASDAQ, tales como Citigroup, Apple, Google y Amazon, o negociadas a través de MILA, donde están emisores chilenos y peruanos tales como LAN, Falabella y Credicorp. Este es sin duda un cambio importante y positivo para el mercado, pues sitúa a Colombia en un contexto global de negociación, al alcance de todos.
 
Sin embargo, es importante que desde ya se adopten los cambios necesarios para que los “clientes inversionistas” reciban la adecuada asesoría y tomen decisiones fundamentadas de inversión en acciones de emisores extranjeros. Actualmente los comisionistas de bolsa, intermediarios a quienes se debe acudir para negociar las acciones inscritas en la Bolsa de Valores de Colombia (BVC), están obligados a asesorar a sus “clientes inversionistas” de manera previa a la compra o venta que pretendan realizar. Este deber de asesoría es inherente al contrato de comisión y debe ser cumplido a través de personas capacitadas para ello. Al permitirse que “clientes inversionistas” puedan acceder a las acciones listadas en el MGC y negociadas a través de MILA, el deber de asesoría se hace extensivo a ese tipo de inversiones en virtud de lo establecido en el parágrafo del artículo 2.15.6.1.7. del Decreto 2555 de 2010.
 
El conocimiento y experiencia que requiere un comisionista para asesorar a su cliente son distintos tratándose de un ámbito local o de un ámbito global o internacional. No cabe duda que los operadores de acciones de las sociedades comisionistas están familiarizados con las acciones locales negociadas en la BVC; pero cabe preguntarse qué tanto lo están en relación con las acciones negociadas en otros mercados.
 
Una correcta asesoría requiere conocimiento profundo y especializado de parte del funcionario que acompaña al cliente en la toma de decisiones. Por tanto, es momento de que las sociedades comisionistas empiecen a capacitar a sus operadores de acciones, con el fin de que ellos puedan dominar las variables económicas, operativas y las demás relevantes de los mercados donde se negocien las acciones listadas en el MGC y negociadas en MILA. De otra forma, resultará muy difícil cumplir adecuadamente con el deber de asesoría a sus clientes inversionistas. Esto puede dar lugar a un cambio interesante en la estructura de las sociedades comisionistas, pues podrían formarse grupos de especialistas dedicados exclusivamente a operar el MGC y el MILA.
 
Aparejado a ello, los exámenes de certificación que deben presentar los operadores de acciones deben también comenzar a incluir en sus temarios las preguntas que permitan verificar la idoneidad técnica de quienes vayan a operar con las acciones del MGC y el MILA. Valdría la pena, incluso, considerar la posibilidad de que exista un capítulo especial para quienes aspiren a ser los operadores de dichos mercados.
 
Las autoridades de supervisión (Superintendencia Financiera y Autorregulador del Mercado de Valores AMV) enfrentan retos similares  y tal vez mayores, pues es innegable que sus funcionarios deberán estar aún más capacitados para poder evaluar el cumplimiento del deber de asesoría en operaciones con acciones del MGC y de MILA.
 
Aunque a la fecha las cifras de negociación del MGC y de MILA, demuestran que se trata de alternativas de negociación que están apenas en fase de crecimiento, y que son desconocidas para un número importante de inversionistas, no cabe duda de que se frenaría el acceso del público en general si se presentan fallas o equívocos en la asesoría que deben recibir los clientes inversionistas que estén interesados en explorar alternativas de inversión distintas a las acciones que se negocian a nivel local en la BVC, pues ello minaría prematuramente la confianza de potenciales inversionistas.
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PERFIL
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Ever Leonel Ariza Marín es abogado de la Universidad Javeriana, con estudios de especialización en Derecho Financiero y Bursátil y en Negocios Transnacionales en la Universidad Externado de Colombia, con 20 años de experiencia en el mercado de capitales. Fue funcionario y asesor de la Superintendencia de Valores. Vicepresidente Jurídico y Secretario General de la Fiduciaria Empresarial. Asesor y miembro externo del Consejo Directivo de la Bolsa de Bogotá S.A. Miembro de la Junta Asesora de la liquidación de la Bolsa de Bogotá. Gerente y Liquidador de Bermúdez y Valenzuela S.A. Comisionista de Bolsa. Asesor y Director del Grupo Jurídico del Área de Supervisión de la Bolsa de Valores de Colombia. Director de Asuntos Legales y Disciplinarios del Autorregulador del Mercado de Valores de Colombia. Es Profesor de Derecho Bursátil en la Universidad Javeriana de Bogotá, y de la Maestría en Derecho Económico y la Especialización de Mercado de Capitales de dicha universidad. Autor del libro Autorregulación y Debido Proceso (Editorial Jurídica Ibáñez, 2012) y de varios artículos publicados en revistas especializadas. Actualmente es consultor independiente en temas legales del mercado de valores y Árbitro del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.

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