Colombia ofrece Beneficios Tributarios para las empresas privadas que realicen inversiones en Ciencia, Tecnología e Innovación, con el objetivo de fomentar la productividad y competitividad de la economía colombiana, fortalecer el mercado interno y atraer inversión nacional y extranjera.

 

Uno de los principales incentivos tributarios que existen en el país son los Beneficios Tributarios por I+D+i, establecidos por el Gobierno de Colombia mediante convocatoria pública de Colciencias en el 2012, con el objetivo de contribuir al fomento de la innovación, y por extensión, a la creación de empleo y al crecimiento económico a largo plazo de la economía colombiana.

Este beneficio permite a las empresas con inversiones en proyectos calificados “de investigación, de desarrollo tecnológico o de innovación (de producto, de proceso u organizacional)”, según los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación –CNBT–, que descuenten de su impuesto a pagar en renta, el veinticinco por ciento (25%) del valor invertido en dichos proyectos, sin que pueda exceder del veinticinco por ciento (25%) del impuesto a pagar. En el caso de que excediera de este porcentaje, el contribuyente tendría cuatro ejercicio fiscales adicionales para aplicarse dicho descuento.

¿Qué incentivan los Beneficios Tributarios?

Estos beneficios tributarios suponen un incentivo para aquellas empresas que:

El Gobierno establece anualmente un cupo máximo de beneficios tributarios por inversiones en CTeI (Ciencia, Tecnología e Innovación) para todas las empresas del país. Para el año 2017 este cupo será de $COP MM 600.000. El año 2016 fue el primer ejercicio donde este cupo se agotó por completo, cosa que me hace pensar que para este 2017 volverán a agotarse los recursos.

El plazo para el año 2017 para que las empresas presenten sus proyectos será desde el viernes 31 de marzo de 2017 hasta el próximo 31 de agosto de 2017, o hasta que se agote el cupo disponible; lo que ocurra primero. Es por ello que animo a las empresas interesadas en obtener el mencionado incentivo a que se postulen cuanto antes mejor.

Si bien, como comentaba, para el año 2016 se agotaron los Recursos disponibles y todo indica que para este 2017 vuelva a ocurrir lo mismo, continúa siendo una convocatoria poco conocida y de baja utilización (se agotan los Recursos porque estos se ajustan a las previsiones de solicitudes, pero no porque la convocatoria tenga una afluencia masiva de proyectos). La explicación de esta baja utilización hay que buscarla principalmente en el desconocimiento del incentivo por parte de las empresas, así como en la elevada carga de trabajo y la complejidad que supone solicitarlo.

El procedimiento para poder obtener estas deducciones es muy exigente (participación de un grupo reconocido de I+D+i como supervisor, convocatoria en concurrencia competitiva por parte de Colciencias, …), requiere conocer los criterios de calificación técnica de los proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, así como una alta especialización técnica y contable para analizar los proyectos, gastos asociados, y redactar los informes técnicos y económicos que justifiquen el proyecto para la utilización del incentivo.

Es por ello que mi recomendación para estas empresas es que se apoyen en el acompañamiento y asesoramiento de un Consultor Especializado, quien les colaborará en la identificación, estructuración y presentación de sus inversiones en I+D+i en proyectos calificables.

 

Josep M. Albert

Senior TAX Manager EY – Ernst & Young