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Por: Lewin & Wills Abogados*

La presente tiene por objeto informarles de las recientes modificaciones respecto de los procesos de registro de las inversiones extranjeras en inmuebles.

Esta modalidad de inversión comprende la adquisición por parte de inversionistas extranjeros de inmuebles en sí o, de títulos en procesos de titularización inmobiliaria, en proyectos de construcción o en fondos inmobiliarios.

El 13 de julio de 2009, mediante Decreto 2603 (clic para ver) del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se estableció que los registros de inversiones extranjeras en inmuebles, sucederán automáticamente con la presentación de la declaración de cambio por inversiones internacionales (Formulario No. 4).

En adelante, ya no será necesario proceder a la formalización de tal registro, dentro del término de 3 meses siguientes a la fecha de canalización de los recursos destinados a la adquisición de inmuebles en Colombia.

El mencionado Decreto prevé un régimen transitorio para las inversiones pendientes de formalización así:

(i) Aquellas cuyo plazo de formalización esté vigente y sobre las cuales no se haya presentado la documentación ante el Banco de la República, se entenderán automáticamente registradas.

(ii) Aquellas cuyo plazo de formalización esté vencido o sobre las cuales se hayan presentado los documentos soportes en el Banco de la República, deberán realizar o continuar el trámite de registro ante esta entidad.

El pasado 17 de julio, el Banco de la República expidió la modificación a la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 (clic para ver), incorporando los cambios recientes del régimen de inversiones extranjeras en inmuebles.

Vale la pena mencionar que es la segunda modificación que sobre este tema hacen las autoridades cambiarias en el año 2009. El 16 de febrero se estableció que las obras, mejoras y reparaciones locativas sobre inmuebles, ya no serían susceptibles de registro de inversión extranjera, por cuanto se entienden incorporados dentro del valor del inmueble registrado como tal.

* lyw@lewinywills.com

 

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