Entidad: Cámara de Representantes
Título: PROYECTO DE LEY 124 DE 2010 – CÁMARA DE REPRESENTANTES – POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN NORMAS TRIBUTARIAS DE CONTROL Y PARA LA COMPETITIVIDAD
Tema: El proyecto de ley contempla la eliminación gradual de la deducción especial por inversión en activos fijos reales productivos, la eliminación de la contribución especial al sector eléctrico por parte de los usuarios industriales y el incremento de la productividad del Gravamen a los Movimientos Financieros – GMF.
Con mensaje de urgencia, el ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón, radicó el pasado 15 de octubre el proyecto de ley 124 de 2010, con el que el gobierno nacional pretende establecer normas tributarias para el control y la competitividad.
El proyecto tiene tres ejes fundamentales, además de una serie de modificaciones tendientes a fortalecer el control. El primero, es el relacionado con la eliminación de la deducción por inversión en activos fijos reales productivos, a partir del año 2011, en contraposición al desmonte gradual propuesto por el gobierno en el proyecto de formalización y primer empleo. La decisión la sustenta el ministro en la necesidad de atender a la población desplazada, la universalización en salud y la ausencia de recursos para financiar el costo fiscal del programa de formalización en el empleo.
En segundo lugar, se pretende modificar el parágrafo 2 del artículo 211 del Estatuto Tributario, que hace relación con la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico. Según la propuesta, este tributo se aplicará a los usuarios no regulados que compren energía a empresas generadoras de energía no reguladas. Para los usuarios residenciales de los estratos 5 y 6, los usuarios comerciales y usuarios industriales, a una tarifa del veinte por ciento (20%) del costo de prestación del servicio, en los tres primeros casos y en el año 2011 del 10% para los últimos, sector que a partir del año 2012 no estarían sujetos a este tributo.
Con esta medida, se espera conseguir que Colombia se convierta en un país de ingresos medios-altos a través del crecimiento del producto interno bruto per cápita alrededor de 6% anual durante los próximos veinticinco años, gracias al recorte de las diferencias existentes del sector industrial nacional frente a otros países y el hipotético mejoramiento en la competitividad.
El último eje de la propuesta es el relacionado con el polémico Gravamen a los Movimientos Financieros. Contrario a la propuesta hecha durante la campaña presidencial sobre el desmonte del mismo, el gobierno del Presidente Juan Manuel Santos pretende fortalecer el impuesto a través de medidas que buscan erradicar la elusión por parte de algunos contribuyentes.
Para ello, los artículos 3 a 6 del proyecto de ley tienen como finalidad, por una parte, precisar que constituye hecho generador del GMF el crédito a cuentas contables y de otro género, así como cualquier pago de los usuarios de las entidades vigiladas que realicen a terceros. En este orden de ideas, las operaciones de pago a terceros por conceptos tales como nómina, servicios, proveedores, adquisición de bienes o cualquier cumplimiento de obligaciones fuera del mercado de valores, quedan sometidas al impuesto, sin importar la operación de la que derive, con lo cual se incrementaría la productividad del tributo.
De aprobarse el proyecto, el gobierno aseguraría la primera de una serie de reformas anunciadas desde agosto pasado.