Algo muy raro está pasando en la DIAN en lo que tiene que ver con las devoluciones de renta. Son saldos a favor de las empresas y que se originan en la presentación de las declaraciones de renta. Para las pequeñas y medianas empresas (pymes), que constituyen la mayoría del sector empresarial del país, estos recursos son vitales pues se constituyen en capital de trabajo necesario para financiar sus procesos de producción.

Pero reclamar estos recursos se ha convertido en un verdadero dolor de cabeza, en un carma especialmente para las pymes. Así se lo han hecho saber varios empresarios a Negocios y Movidas y así  nos lo ratificó la presidenta de la Asociación Colombiana de Medianas y Pequeñas Industrias (ACOPI), Rosmery Quintero.

“Ha sido una queja generalizada, especialmente en lo que tiene que ver con los trámites y el cambio de los formatos para solicitar la devolución de los recursos”, sostuvo.

En este sentido, Acopi recogió de sus directivos en todo el país argumentos al respecto como este:

“El tema es el siguiente, desde mi experiencia profesional:

  1. La solicitud de devolución o compensación se puede hacer de manera virtual.
  2. La DIAN tiene 50 días hábiles para responder
  3. 50 días hábiles son casi tres meses.
  4. Si encuentran alguna inconsistencia, generan el auto inadmisorio en el día 49.
  5. Por eso no hay manera de subsanar la inconsistencia, por mínima que sea.
  6. Entonces toca iniciar nuevamente el proceso, y vuelven a contar los 50 días hábiles.
  7. Y así el tema se convierte en un carrusel que nunca termina

A lo que se suma esta otra denuncia:

“Sí la DIAN quiere adoptar medidas europeas en la forma de administrar los impuestos tipo factura electrónica, registros de información en tiempo real, validación previa, etc.,  debe igualmente adoptar los mecanismos europeos de devolución en los cuales se calculan de manera automática los impuestos generados, los impuestos deducibles y los valores a devolver sin que haya necesidad de interponer una solicitud previa para ello”.

En la ANDI, por su parte, según informó su oficina de Prensa, también se han recibido quejas de sus afiliados en este sentido pero aún no se ha cuantificado el impacto que ha tenido este hecho entre los grandes industriales, por lo cual no hicieron un pronunciamiento oficial al respecto.

Pero las quejas de los pequeños y medianos industriales no se hacen esperar. Reporta uno de ellos:

“Durante el 2018, periodo en el cual se solicitan los saldos a favor del periodo 2017, los admisorios llegan de manera parcial, es decir, el primero llega con 1 inconsistencia, la cual, se corrige y se presenta para reiniciar el termino de los 50 días hábiles. Pero, curiosamente a los 50 días aparece otro admisorio describiendo otra anomalía, y nuevamente comienza el proceso. Si bien es cierto, que se presenta la posibilidad de un error en la presentación de la solicitud de devolución, lo que no tiene coherencia es que en la primera revisión no se informe de todas las inconsistencias y que la DIAN las manifieste paulatinamente, a veces en cuatro diferentes actos, cada uno con un tiempo de repuesta de 50 días hábiles”.

Es importante que la DIAN tenga en cuenta que los saldos a favor, generados en la declaración de renta, son parte integral del capital de trabajo de la empresa. La no disponibilidad inmediata u oportuna de estos dineros obliga a las compañías a buscar fuentes de financiamiento externas, a través del sistema financiera y en ocasiones a través de terceros para dar cumplimiento a las obligaciones cotidianas que se presentan.

Esta consecución de recursos adicionales encarece notablemente los gastos financieros de las compañías, colocándolas a veces en situación de perdidas.

Otro factor importante a tener en cuenta es que en el momento de presentación de la solicitud de devolución, la DIAN cambió los formatos y sobre lo cual no hubo una campaña de información amplia y suficiente. Incluso, una vez presentada una solicitud, las correcciones a las inadmisiones tienen que ser presentadas en un formato diferente.

Pero eso no es todo. El problema es aún más grave a estas alturas del año, cuando no se han vencido los términos para la presentación de la declaración de renta del año 2018, la cual, seguramente generará saldo a favor, los cuales también se solicitarán a la DIAN y seguramente iniciará el calvario del 2018, duplicando así las cifras del capital de trabajo de los empresarios en poder de la administración de impuestos.