Los servicios públicos son un medio por el cual el Estado asegura el bienestar de todos los ciudadanos, por tanto, son un bien general necesario para el sosteniendo del «Bien Común».
Lo dicho determina una prioridad donde prima el interés general sobre el particular. No cabe duda de que el Estado no puede sacrificar este principio en favor de intereses particulares que atentan contra este propósito.
En este sentido, la sociedad toda debe respaldar cualquier gobierno que pretenda defender este principio que compromete los derechos humanos de toda la comunidad contra cualquier interés particular que pretenda pisotearlos.
El monopolio de un servicio público otorgado a un particular no puede darse sin condicionar su contratación a aspectos que, ante la falta de competencia, protejan, de manera racional y justa, el interés general de todos los ciudadanos que dependen de la calidad y costo de este servicio, haciéndolo asequible a todas las personas, sin excepción.
Los particulares prestadores de servicios públicos deben asumir las consecuencias equivalentes a las que asumirían en un mercado altamente competido, forzándose a lograr altas productividades, muy buena calidad y precios acordes a las condiciones económicas de los mercados que atienden.
Las empresas particulares que han adquirido el compromiso de un servicio público deben asumir las consecuencias a las que se vería abocado un competidor incapaz en medio de un mercado competido: el retiro inmediato de ese mercado, dejando espacio para que el gobierno asuma, directa o indirectamente, la prestación de los servicios que aquel no fue capaz de prestar de conformidad con las exigencias de los usuarios que, en un mercado abierto, tendrían posibilidad de escoger su proveedor más adecuado.
Gobierno que no actúe en este sentido faltaría, en materia grave, no solamente a sus electores, sino a toda la ciudadanía a la se comprometió a proteger.
Jairo A Trujillo Amaya
Consejero Empresarial
jairoatrujilloa@yahoo.com