El pilar fundamental de una reforma laboral es la creación de empleo, aunque la evidencia empírica respalda el hecho que una reforma en sí misma no garantiza la creación de puestos de trabajo. En ese sentido, el proyecto de reforma laboral que impulsa el gobierno del presidente Petro[1] el cual busca modificar las condiciones establecidas en la reforma de 2002 (Ley 789 de 2002). En particular, prioriza el contrato a término indefinido y pretende disminuir la tercerización laboral, con el fin de favorecer la estabilidad laboral; sin embargo, esto podría generar un incremento sobre el costo laboral promedio asociados tanto al componente salarial como al de las indemnizaciones en casos de despidos injustificados.
En relación con el incremento en el costo laboral promedio, este oscilaría entre 3,2 % y 10,7 %, y para las indemnizaciones en casos de despidos injustificados, este se ubicaría entre 1,2% y 1,9 %. En adición, dichas estimaciones realizadas por BANREP(2023) señalan importantes heterogeneidades sectoriales y por tamaño de empresa. Así las cosas, en un escenario de medio impacto el incremento de los costos salariales recortaría alrededor de 450.000 empleos formales, en un horizonte de tiempo entre tres y cuatro años, mientras que el incremento de los costos de despido podría tener un impacto en un horizonte más largo.
Sectores sensibles como el renglón de bares, restaurantes, hoteles y entretenimiento, cuyas labores se concentran en las noches, dominicales y feriados, indudablemente verán cómo sus costos se elevan, por lo que se verán en la necesidad de prescindir de personal.
Estas iniciativas no solo no crean empleos sino que amenazan a los existentes, debido al evidente aumento de los costos laborales ya que el empresario debe reducir sus costos de operación ante el avance de los demás cargos, como por ejemplo el aumento en los tipos impositivos, la devaluación del peso y las altas tasas de interés, lo que hace que cualquier iniciativa productiva o cualquier amago de emprendimiento se vuelva cada vez más complejo y con ello, la preservación del empleo se convierte en una esperanza que se va como agua entre los dedos.
Este proyecto de Ley que busca devolverle los derechos a los trabajadores, se asemeja más a un pliego de peticiones de cualquier entidad pública en cualquier parte del mundo, que a una iniciativa que busca crear condiciones para la generación de empleo por fuera de la órbita estatal lo cual es sumamente preocupante ya que es el sector privado el único capaz de crear riqueza, innovación y crecimiento económico.
Ahora bien, quedan por fuera varios grupos de la población trabajadora como los trabajadores informales que de acuerdo con el DANE(2023) para el primer trimestre del año, la proporción de ocupados informales en Colombia fue del 58.2%, lo que implica graves efectos en la economía colombiana y en el bienestar de la población en general, sin contar otras categorías sore las que recaen varios interrogantes:
¿Los trabajadores de plataformas digitales cuya dedicación es parcial deberán ser vinculados mediante contrato laboral? Si es así, ya es previsible que un gran número de ellos se lanzará al desempleo abierto cerrando la posibilidad de generar ingresos a estudiantes, migrantes, entre otros.
¿Qué pasaría con los consultores o profesionales especializados cuya labor responde a una especificad de su oficio debido a su experiencia y conocimiento especializado, también tendrán que ser contratados mediante contrato laboral? La respuesta a este clamor es negativa por parte de los voceros de la ponencia, pero el mismo proyecto los contradice cuando a renglón seguido se restringen las actividades y posibilidades de tercerización ,la reforma borraría los avances que se tienen en el reconocimiento de las nuevas formas de trabajo incluidas en el código sustantivo del trabajo, el cual reconoce la multiplicidad de contratos que surgen a partir de las formas emergentes de empleo como el trabajo por prestación de servicios, a término de obra o labor, contratistas independientes, trabajo ocasional, teletrabajo en la modalidad móvil, autónomo y suplementario.
Por tanto la sonada reforma no responde a la creación de nuevos puestos de trabajo sino a devolver y mejorar las condiciones a un grupo de trabajadores que cuentan con un puesto de trabajo, contribuyendo a la preservación de su statu quo, olvidándose del ejército de informales desempleados y demás categorías de trabajadores.
En suma, es una reforma que mira hacia el pasado y desconoce las nuevas formas de trabajo y las nuevas relaciones laborales, sociales, culturales y económicas que se forman en las economías del siglo XXI, que se valen de las tecnologías de la comunicación y la información para su crecimiento.
José Marcos Vera Leyton, Decano Facultad de Economía USTA
[1] El Gobierno Nacional radicó el pasado 16 de marzo de 2023 el proyecto de reforma laboral1, el cual introduce cambios en una variedad amplia de aspectos del mercado laboral, entre los cuales están la estabilidad laboral, la tercerización y los contratos de prestación de servicios, la jornada laboral, los contratos de aprendizaje, las plataformas digitales, el trabajo agropecuario, la automatización, las condiciones laborales de los migrantes y los deportistas, y las relaciones colectivas de trabajo