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Por: Luis Javier Mira Fernández

Las formas o fuentes modernas de capital real

 El capital real moderno (contrapuesto a la acumulación de dinero) participa de alguna o algunas de las siguientes cuatro “formas”:

El fruto material del trabajo que no se consume en previsión de su utilización futura,

El fruto del trabajo intelectual conocimientos, descubrimientos e invenciones.

 La técnica, que es el fruto del esfuerzo por ahorrar esfuerzos ( Ortega y Gasset). 

La naturaleza creada para el bien de toda la humanidad, la tierra y en general los demás recursos naturales, en la medida en que el hombre los adecúa con su trabajo y se los apropia para producir los bienes que requiere para vivir.

Las habilidades intelectuales o prácticas,  que adquiere el hombre, como fruto de su esfuerzo por trabajar bien y son subproducto del trabajo, o entrenamiento. Piénsese por ejemplo en la cualidad del orden, y en general en cualquier virtud que se requiera en el trabajo: se adquiere con esfuerzo, por repetición de actos, y consiste en la facilidad adquirida para realizar, casi sin esfuerzo y cada vez con más perfección, los actos correspondientes a esa virtud (Ética de Aristóteles).

 La organización para trabajar es una componente esencial del capital de la empresa, y es orden colectivo y dinámico: corresponde al denominado operating value, que va de la  mano con la cultura de la organización.

  

Relación entre  capital y trabajo

 La relación que media entre capital y trabajo y las propiedades inherentes a esta relación son esquemáticamente las siguientes:

El capital es fruto del trabajo y facilita el trabajo. El hombre, a  diferencia de los animales, es capaz de producir herramientas e instrumentos, que son capital, y se sirve de ellos para reducir el esfuerzo y mejorar la calidad de lo que produce con su trabajo.

El capital y  el trabajo no son antagónicos, sino complementarios.

El trabajo humano participa de la dignidad del carácter de persona que tiene el trabajador, y que es fuente de derechos. Por esta razón el trabajo humano no es una mercancía más, sujeta a la libre concurrencia de la oferta y la demanda. Si lo fuera se podría minimizar su costo como se hace con el salario mínimo legal, legal pero injusto, como veremos más adelante. Esto contradice el principio de que la empresa es una sociedad de personas (Ver  Centessimus Annus”, Juan Pablo II) No se puede decir lo mismo del capital material, aunque nadie niega a sus dueños la dignidad de que gozan como personas ni puede poner en duda, por principio, la legitimidad de su derecho a la propiedad. El inversionista busca a toda costa maximizar la “tasa interna de retorno” de la inversión en la empresa, que es también el rendimiento del capital invertido en ella. La reducción del trabajo, cuando ello es posible sin hacerle violencia a la empresa, ordinariamente y dentro de cierto margen, aumenta  la tasa de retorno sobre capital invertido. Esto se presta a manejos poco limpios de los dueños de la empresa, que contradicen los principios de Filosofía Social sobre los cuales descansa la paz laboral.

El trabajo, por ser la acción de una persona, tiene en rigor dos fines: el objetivo, que es la producción de un objeto o la prestación de un servicio, y el subjetivo, que se queda en el sujeto o persona que realiza la acción y que exige trabajar bien. El fin subjetivo permite que el trabajador adquiera más cualidades y encarne mas cabalmente la definición de hombre (o mujer).

Es conveniente  para la estabilidad de la sociedad que también el trabajador participe en las utilidades de la empresa, como una forma complementaria a su sueldo, que es fijo. Véase: Martin L. Weitzman 1984, “The Share Economy”.

 El derecho de los trabajadores a la propiedad privada, que se deriva de la dignidad de la persona y de su capacidad de dominio de los bienes materiales,  garantiza, al ejercerlo efectivamente, la libertad  individual, el uso  productivo, el mantenimiento  y la adecuada conservación  de los bienes que el bien común no exige que sean públicos o que el estado no puede operarlo eficientemente. Es deber del Estado crear  las condiciones necesarias que permitan el ejercicio universal y efectivo del derecho a la propiedad privada.

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