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La expansión urbana de Bogotá hacia el norte ha sido motivo de preocupación desde hace varias décadas. Recientemente en este largo período, hace 10 años, en el año 2000, el tema produjo una avalancha de intervenciones normativas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (antes Ministerio del Medio Ambiente), la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CAR y el Distrito Capital. Un estudio de Camacol (clic para ver) hace el recuento de esta tormenta. El Distrito demandó las actuaciones del Ministerio ante el Consejo de Estado y éste, 6 años después, en diciembre de 2006, le dio la razón al Ministerio. Fueron 6 años perdidos para la causa ambiental.

Este año, en marzo, la Procuraduría General de la Nación conceptuó que “Más del 95 por ciento del área que se pretende consagrar como de Reserva Forestal Protectora del norte de la sábana de Bogotá no tiene vocación e importancia ecológica”, pronunciamiento que hizo con fundamento en dos estudios serios. Agrega la Procuraduría:

“Con respecto a este asunto resulta pertinente afirmar, en primer término, que las determinantes ambientales planteadas por el entonces Ministerio del Medio Ambiente, tendientes a proteger un área específica y ordenando declarar la Reserva Forestal Protectora Regional del Norte, han carecido de la fuerza vinculante necesaria para que esta declaración se hubiera ejecutado inmediatamente por parte de la autoridad ambiental competente destinataria de la misma, es decir, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CAR.

A pesar de la vigencia de las Resoluciones Ministeriales, que es un asunto que no se discute, lo cierto es que dichas normas no han sido aplicadas en el tiempo hasta quedar vacías y superadas por la realidad de manera avasalladora, lo que constituye un hecho que tampoco puede desconocerse. Han transcurrido casi diez años desde la expedición de las Resoluciones Nos. 475 y 621 de 2000 del Ministerio del Medio Ambiente y múltiples circunstancias, de toda índole, han impedido su ejecución.

En el entretanto ha venido avanzando el deterioro de la zona, alejada cada vez más de los nobles propósitos que identificó el Panel de Expertos contratado para sugerir soluciones y salidas a la situación creada por la discrepancia entre el Distrito y la autoridad ambiental regional. El modelo de ordenamiento por subzonas, conforme lo propuesto por el Panel, nunca fue implementado y después de diez años la situación lejos de superarse muestra un notable deterioro, conforme lo acredita la información suministrada por las entidades competentes y que más adelante se destacarán en este documento.”

 

En el año 2000, el Ministerio de Ambiente creó un Panel de Expertos para que se pronunciara sobre el debate entre la CAR y el Distrito. Las discusiones al interior de este Panel indicaban que la mayoría no estaba dispuesta a reconocer que en el año 2000 ya el Borde Norte de Bogotá estaba mayormente urbanizado en muy baja densidad. La recomendación de la mayoría de los expertos siguió la orientación de uno de ellos, según el cual había que buscar restablecer el bosque nativo de la zona a lo que había sido hace 500 años. En vez de reconocer la realidad de los hechos, y buscar una solución realista que protegiera lo poco que quedaba del bosque nativo original, en manos de un propietario con conciencia ecológica, estos zelotes recomendaron y el Ministerio adoptó confiadamente, por la calidad del respaldo, la figura jurídica de la Reserva Forestal Protectora. Dice la Procuraduría en el mismo concepto que “La zona en discusión nunca tuvo vocación de reserva forestal protectora, ni al momento de la expedición de las resoluciones ministeriales ni en el lapso transcurrido desde entonces y tampoco en el presente.” También dice que la CAR no le hizo ningún caso al pronunciamiento del Ministerio.

Quedó suficientemente claro que la autoridad ambiental máxima en lo que se refiere al Borde Norte de Bogotá no el es Ministerio de Ambiente, sino que lo es la CAR, dentro de una compleja reglamentación que también la enfrenta al Distrito Capital. La ingenua respuesta del Ministerio en el año 2000 fue la de crear el Panel de Expertos que, en su mayoría, propone algo imposible de realizar, ayer, hoy y mañana, pero “políticamente correcto” en términos ambientales. El Ministerio adopta sus sabias recomendaciones y como resultado de eso, terminamos hoy con la situación actual, donde solo el 2,5% de la zona es susceptible de proteger como área natural.

Hoy, como conclusión de su cuidadoso examen de la situación, la Procuraduría General de la Nación le concedió un término perentorio e improrrogable de sesenta (60) días calendario, para que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR, conforme a sus competencias, presente con destino a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, un informe debidamente sustentado que de cuenta de la gestión realizada y de los avances que han logrado en el tema de la preservación y desarrollo de la zona norte del Distrito Capital, en los términos consignados en este documento.

Cabe resaltar la conducta digna de admiración de la Procuraduría al pronunciarse sobre la realidad del Borde Norte de Bogotá. Pocas veces se ha visto un enjuiciamiento ambiental tan severo como realista de parte de autoridad pública alguna.

Qué lecciones nos deja este desalentador relato? Muchos, entre ellos, (1) que el verdadero problema, el de fondo, a partir de cuya solución hubiera podido intentarse la protección del medio ambiente del Borde Norte, hubiera sido definir quién es la máxima autoridad ambiental allí, y (2) que los zelotes sostienen que ese tipo de problema institucional no es asunto de ellos, por lo que insisten en propuestas utópicas, imposibles de realizar, institucional y legalmente.

Como resultado de estas dos circunstancias, nos hemos quedado tan solo con el 2,5% de lo que se quería y debía proteger.

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