Medir empíricamente la discriminación de cualquier tipo, racial, de género, económica, etc., no es una cuestión fácil, los problemas estadísticos que pueden surgir son tantos que lanzar afirmaciones e hipótesis sobre la existencia de discriminación podría conducir con alta probabilidad a aceptar la veracidad de dichas hipótesis cuando de hecho son falsas. Sin embargo, en el imaginario de la gente, en especial de los grupos aparentemente afectados está arraigada la percepción, con algo de razón, de que existe discriminación en un sentido negativo. Digo “con algo de razón” porque la idiosincrasia y la cultura popular han hecho un gran trabajo en arraigar esa percepción, justificando la existencia de la llamada discriminación positiva.
Desde el punto de vista económico la competencia y el mercado, en resumen la racionalidad de los individuos, deberían eliminar la discriminación de cualquier tipo en muchos ámbitos de la vida cotidiana, en particular en cuanto al acceso al mercado de trabajo de las mujeres y los afroamericanos. Por ejemplo, un empresario racional, debería contratar un afroamericano si éste tiene mejor currículo que un mestizo con la misma cualificación. Pero puede suceder que la gente juzgue un individuo por el comportamiento promedio del grupo al cual éste pertenece aplicando así una discriminación estadística injustificada, intolerable desde cualquier punto de vista y en definitiva ofensiva y contraproducente.
El origen de la discriminación positiva es pues un intento no necesariamente adecuado de proteger los derechos de las minorías – en general de proteger grupos aparentemente excluidos de derechos- y menos aun de protegerlos de la discriminación negativa y su prima hermana la discriminación estadística, pues no solo fracasa en la tarea, sino que estimula la generación espontanea de grupos que se perciben discriminados por cualquier razón. Un documento CEDE de la Universidad de los Andes, indica que las personas con nombres raros (los sin-tocayo) tienen entre 8% y 10% menos de ingresos que aquellos con un nombre típico. Aparentemente el nombre de una persona da cuenta de su extracción social afectando la probabilidad de obtener un trabajo con la remuneración adecuada. In extremis la noción de discriminación positiva sugeriría la existencia de un subgrupo al que hay que proteger.
El concepto de discriminación positiva ha llevado a tener cuotas femeninas y de miembros de la comunidad afroamericana para ocupar cargos gubernamentales, también a separar cupos especiales en las universidades públicas (previo examen de admisión) convirtiéndose un mecanismo de selección ciertamente cuestionable. La discriminación positiva implica admitir la existencia de una discriminación negativa empíricamente no probada, contribuyendo a acentuar la percepción de diferencias de género o raciales.
La discriminación positiva conlleva peligros potenciales y socialmente no deseables. Primero, está el hecho de que la discriminación positiva es un mecanismo de selección que puede ser perverso, por ejemplo, las cuotas para las mujeres o los afroamericanos en cargos gubernamentales no garantizan que los elegidos sean los más idóneos. Segundo, éste tipo de discriminación antepone el igualitarismo a ultranza a costa de la eficiencia que caracteriza la competencia y la racionalidad de la elección individual. Tercero, la discriminación positiva, negativa o estadística, ninguna justificable, termina generando estereotipos y arraigando aun más la percepción de discriminación.
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