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Por: Marco Bonilla – Colaborador de www.auditool.org

 

El presente documento cita algunas recomendaciones a tener en cuenta, especialmente por los problemas financieros ocurridos en nuestros tiempos, por lo que el ambiente de control de las empresas ha cambiado de manera significativa; lo cual ha llevado a las empresas  a considerar el empoderamiento de los llamados “Comités de Auditoria”

 

En tal sentido, y como una manera de contribuir en la conformación de este tipo Comités, quienes tienen no solo la capacidad si no también la responsabilidad de actuar como mínimo en lo siguiente, y con independencia ante la administración auditada:

 

1. Contar con su propio reglamento.

2. Funciones de supervisión, informe, asesoramiento y propuesta de mejoramiento.

3. Conformado como mínimo, por tres miembros de la Junta de socios, o sus delegados.

4. La mayoría de los miembros del Comité deberán ser independientes.

5. Todos los miembros deberán comprender la información financiera y aportar otros conocimientos y experiencia relevantes para la Sociedad.

6. Por lo menos uno de los miembros deberá ser especialista en finanzas.

7. Designará un Presidente de entre sus miembros.

8. Se reunirá por lo menos cuatro veces al año y con mayor frecuencia si las Circunstancias así lo exigieran.

9. Los auditores externos o internos podrán solicitar una reunión en caso de ser necesario.

10. Los miembros del Comité deberán permanecer en su cargo hasta tanto se designe a su reemplazante.

11. Los auditores internos y los representantes de los auditores externos deberán asistir a las reuniones cuando se les solicite.

12. El Presidente del Comité asistirá a las Asambleas Anuales de la Sociedad y deberá estar preparado para responder las preguntas de los accionistas sobre las actividades del Comité.

13. Se reunirá como mínimo dos veces al año sólo con la presencia de los auditores internos y externos.

14. Tiene plena autoridad para investigar todos los temas de su competencia.

15. No podrá sub-delegar ninguno de los poderes ni atribuciones que le fueran delegados.

16. En el cumplimiento de sus responsabilidades, el Comité de Auditoría tendrá acceso irrestricto a la Dirección, libros y registros de la Empresa así como el derecho de recibir la información que necesite.

17. Tiene la responsabilidad de opinar respecto de la propuesta ante la a Junta Directiva para la designación de los auditores externos.

18. El Comité de Auditoría es directamente responsable de la supervisión de los auditores externos.

19. El Comité de Auditoría tiene la responsabilidad de supervisar, pero no es responsable ni garantiza la calidad de los estados financieros de la entidad.

20. El Comité deberá supervisar el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo-contable aplicable.

21. Opinar respecto de la propuesta de la Junta Directiva para la designación de los Auditores externos a contratar por la empresa y velar por su independencia.

22. Revisar los planes de los auditores externos y evaluar su desempeño y emitir una opinión al respecto en ocasión de la presentación y publicación de los Estados contables anuales.

23. Supervisar la aplicación de las políticas en materia de información sobre la Gestión de riesgos de empresa.

24. Está autorizado a obtener asesoramiento profesional.

25. Para su funcionamiento, contará con un presupuesto anual que le apruebe la asamblea de accionistas de la Empresa

26. Discutir las políticas con relación a la evaluación y la administración de riesgo

27. Realizar revisiones de los litigios en curso

28. Establecer políticas y revisar los gastos generados por los ejecutivos y pagos sensibles

29. Revisar las transacciones entre la empresa y los miembros de la gerencia

30. Revisar los planes de beneficios a empleados y directores

31. Establecer políticas claras para la contratación de empleados o empleados antiguos del auditor independiente

32. Reportar regularmente a la Junta Directiva

33. Promover un ambiente ético afín a los valores y misión institucional, así como observar que se cumpla con dichos enunciados

 

 “El Comité de Auditoría es un órgano del gobierno corporativo que lleva a cabo sus funciones basado en la información que le es suministrada por diferentes instancias” 

 

IMPORTANTE: Durante el 2014 estaré dictando en Colombia el Curso Práctico sobre la Administración Pública y el Control Fiscal. Dirigido a: Interesados en presentarse a convocatorias a cargos públicos. Mayor información AQUÍ

 

Del Autor: Marco Bonilla es Consultor y Asesor en los procesos de Auditoría con enfoque integral, Auditoría interna de Calidad, ISO 9001 de 2008 y NTCGP 1000:2009, con más de 20 años de experiencia. Conferencista nacional, consultor internacional en procesos de Control Interno orientados al mejoramiento de las organizaciones. Docente Universitario- Auditorias, control interno  y Hacienda Pública. Economista, especialista en auditoria, control interno y pedagogía y docencia Universitaria. Colaborador de Auditool

Blog de Marco Bonilla: http://marcontrol.blogspot.com/

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Auditool.org, es una red de conocimientos especializada en temas de auditoría y control interno, creada para permitir la transferencia de conocimiento de buenas prácticas a profesionales que laboran en estas áreas.

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