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En los procesos de compraventa de compañías resulta usual que el comprador adelante de manera previa a la firma de los contratos y el cierre de la transacción un proceso de debida diligencia en relación con la compañía que potencialmente desea adquirir.

 

Se trata de un ejercicio diligente de revisión y análisis de la compañía, sus actividades, sus negocios, su información, sus administradores, sus accionistas y en última instancia los riesgos de diferente tipo que pueden estar asociados a la adquisición de determinado negocio o actividad empresarial. En el contexto de la compraventa de compañías a través del proceso de debida diligencia se están respondiendo básicamente dos preguntas: (i) a quién estoy comprando? y (ii) qué estoy comprando?

 

Resulta de la mayor importancia identificar quién es el vendedor, es decir, determinar si se trata de personas naturales o jurídicas, quiénes son los beneficiarios reales, la composición del grupo familiar y sus relaciones, la legitimidad de los accionistas o propietarios, todo lo cual resulta determinante para definir la estructura que tendrá la transacción, los términos contractuales y las garantías que serán exijidas. De igual manera, es de la gran relevancia tener una comprensión integral de lo que se compra, lo cual va más allá del negocio propiamente tal. Se trata de entender cómo está organizada la actividad empresarial, los vehículos o estructuras a través de los cuales opera, sus proveedores, sus clientes, la relación con las autoridades, la estructura laboral, su nivel de endeudamiento, y por supuesto, los riesgos que están afectado o pueden afectar el negocio.

 

Como se puede apreciar, el entender el negocio y sus riesgos implica hacer una evaluación integral y la participación de un equipo profesional y especializado para llevar a cabo dicho análisis. En la debida diligencia interviene generalmente un equipo interdisciplinario que analiza los temas financieros y contables, tributarios, ambientales, operacionales, logísticos y legales. De manera usual, se involucran equipos internos del comprador, una banca de inversión, asesores externos en temas tributarios, ambientales y legales, todos éstos en mayor o menor medida dependiendo del tipo de negocio y de la estructura del vendedor.

 

Desde la perspectiva legal, el alcance de la debida diligencia dependerá de qué tan interesado esté el potencial comprador en profundizar en la compañía y su negocio. Esto depende de múltiples factores tales como el tiempo para cerrar la transacción, el tipo de proceso que se esté adelantando que puede ser abierto (competitivo con otros potenciales adquirentes) o cerrado (con exclusividad para un único interesado), el conocimiento y reputación del vendedor, el apetito de riesgo del comprador, el nivel de reglamentación y regulación que exista para el negocio, entre otros aspectos.

 

En el desarrollo de la debida diligencia legal se analizarán temas de la estructura corporativa, composición del capital, aspectos contractuales, laborales y de seguridad social, regulatorios, de propiedad intelectual, tributarios, litigiosos, ambientales e inmobiliarios. Por supuesto, la lista puede ser tan extensa y variada dependiendo de las particularidades del negocio y su campo de acción.

 

Finalmente, la realización de un proceso de debida diligencia le permitirá al comprador hacer una distribución más informada y razonada de los riesgos de la transacción en las negociaciones y definiciones que haga con el vendedor, lo cual justifica que este proceso se realice dentro de un proceso de adquisición de un negocio o actividad comercial y que cada vez sea más común su desarrollo bajo parámetros y estándares que hemos asimilado de otras culturas jurídicas.

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