¿Quiénes tendrán derecho a la Prima Legal para la Canasta Familiar?
Con ocasión a la aprobación por parte de la plenaria del senado el pasado 18 de junio de 2019 del proyecto presentado por la bancada del Centro Democrático que contiene la denominada “Prima Legal para la Canasta Familiar”, encontramos muy cercana la realidad para los trabajadores colombianos de una nueva prima adicional a la prima legal de servicios que se causa en los meses de junio y diciembre de cada anualidad.
Esta iniciativa busca sustentar con ingresos adicionales para las familias de clase media y emergente, los gastos requeridos para la adquisición de los productos de la canasta familiar, contemplando como fundamento para su estructuración, entre otros, que el Salario Mínimo en Colombia alcanza solamente a cubrir el 60% del valor total de la Canasta Familiar, siendo indispensable brindar mayores ingresos a los trabajadores para mejorar su calidad de vida.
Según el proyecto aprobado por el Senado, ésta prima legal especial cobijará tanto a los trabajadores vinculados a la empresa privada como a los trabajadores públicos de cualquier denominación, bien sea trabajadores oficiales o servidores públicos.
Atendiendo a los fundamentos de la iniciativa, debemos tener en claro que no todos los trabajadores privados o del sector público tendrían derecho a disfrutar de esta prima especial, pues estaría limitada únicamente para beneficiar a la población de trabajadores cuyos ingresos no superan los 3 salarios mínimos legales vigentes, razón por la cual, todos los trabajadores que superan este valor en su ingreso quedarían automáticamente excluidos para beneficiarse de esta prima especial.
¿Cómo se pagará la Prima Legal para la Canasta Familiar?
La Prima Legal para la Canasta Familiar partirá de los mismos principios que aplican para la actual prima legal de servicios, esto es, el empleador deberá realizar su pago en 2 fracciones o periodos, el primer pago con fecha máxima al 30 de marzo y el segundo pago a más tardar al 30 de septiembre de cada anualidad. Lo novedoso en el reconocimiento de esta nueva prima, es que el valor que se liquida en cada entrega, no dependerá del valor individual de la remuneración del trabajador, ésta prima tendrá un único monto equivalente al valor de 15 días del salario mínimo legal mensual vigente por cada año laborado, o la proporcionalidad que corresponda si ha trabajado tiempos inferiores.
En otras palabras, independientemente que el trabajador devengue entre 1 y hasta 3 salarios mínimos legales, se recibirá por concepto de Prima Legal para la Canasta Familiar el mismo valor, y que corresponde al equivalente de 15 días del salario mínimo legal, los cuales serán recibidos por el trabajador dividido en 2 pagos, uno inicial en el mes de marzo y la otra mitad en el mes septiembre de cada anualidad.
¿Qué opina usted de esta iniciativa para trabajadores?
Parece una politica de guerra, paren con los subsidios y liberen los precios.
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que les suban el suledo minimo
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